El CRI, novedades 2020 por Covid19

El 03 de agosto entra en vigencia lo dispuesto en la Resolución de Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 099-2020, en cuanto a la expedición virtual de CRI (Certificado Registral Inmobiliario), con firma electrónica y código de verificación.
Dicho trámite podrá realizarse a través del servicio de Publicidad Registral en Línea.
Podrá solicitarse CRI en vía electrónica, no mayor de 80 hojas, en caso superar dicha cantidad, la expedición será en papel impreso cuya entrega, previa comunicación al solicitante, puede ser en oficina o vía servicio de mensajería.
Estarán disponibles las partidas del registro de propiedad inmueble tanto del SIR como del SARP
En cristiano:
El CRI (Certificado Registral Inmobiliario), es un documento, que nos permite tener información más detallada de un inmueble, su descripción (ejm: cuánto mide, construción), quién es el actual propietario, quiénes fueron los anteriores propietarios, si tiene algun embargo o una hipoteca, etc. Es un documento público, al que cualquier persona puede tener acceso, es por ello que se recomienda revisar dicho certificado en caso tengamos interés en comprar una propiedad, para tenerla bien identificada.
¿Cómo obtenerlo? La norma que se ha explicado al inicio, está dando la opción de ingresar a la página web de SUNARP www.sunarp.gob.pe , ingresar a SPRL (Servicio de Publicidsd Registral en Línea), luego de hacer el respectivo pago que puede ser con tarjera, solicitarlo de manera virtual, sólo si no es mayor de 80 páginas.